Este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: NULAS todas las actuaciones ocurridas en el juicio a partir del día 27 de septiembre de 2010, exclusive (fecha en que se admitió la pretensión), dejando a salvo la publicación de los edictos que fuesen consignados por la representación judicial de la parte actora, según diligencia de fecha 14 de mayo de 2012, así como el nombramiento del defensor judicial a los herederos desconocidos, y, en consecuencia REPONE LA CAUSA al estado en que por auto complementario del auto de admisión, se acuerde el emplazamiento de los herederos conocidos del de cujus JESÚS ÁLVAREZ ALFONSO, a saber: Edwin Campos, Laura Campos y Jesús Campos, con la finalidad de garantizar el efectivo ejercicio del derecho a la defensa y el principio con.....