este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la ley declara: PRIMERO: CON LUGAR EL RECLAMO efectuado contra la actuación desplegada por el Tribunal Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, sólo en atención al establecimiento de un canon arrendaticio y como consecuencia de ello, declara la nulidad de la fijación del canon de arrendamiento en la suma de cinco mil bolívares (Bs. 5.000,00), manteniendo el resto de la práctica de la medida, toda su fuerza y vigor; SEGUNDO: SIN LUGAR LA OPOSICIÓN a la medida de embargo ejecutivo decretada por este Juzgado, la cual recayó sobre un apartamento identificado con el N° 6, en el sexto piso del conjunto Residencial.....