Este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por la autoridad de la ley, se declara INCOMPETENTE para conocer de la reclamación de honorarios interpuesta por el abogado IVÁN EDUARDO RODRÍGUEZ GRATEROL contra la ciudadana NEYDA COROMOTO PÉREZ ROSAS. Como consecuencia de lo anterior se ORDENA LA REMISIÓN del presente expediente, mediante oficio a la URDD de los Juzgados de Municipio de esta misma Circunscripción Judicial, para que en definitiva el Juzgado que corresponda, conozca y decida el mérito de la pretensión de honorarios interpuesta.
Dada la naturaleza del presente proceso, no hay expresa condenatoria en