Este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de ley, declara: CON LUGAR la demanda de COBRO DE BOLÍVARES intentada por FONDO DE PROTECCION SOCIAL DE LOS DEPOSITOS BANCARIOS (FOGADE), plenamente identificada en el encabezamiento de este fallo contra la sociedad mercantil CONSTRUCTORA ARATA, C.A. y otros, plenamente identificados en el encabezamiento de este fallo. En consecuencia se condena a los demandados a pagar: PRIMERO: QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 500.000,00), como monto insoluto del capital; SEGUNDO: QUINIENTOS TREINTA Y SIETE MIL SETECIENTOS VEINTIDOS BOLIVARES CON VEINTIDOS CENTIMOS (Bs. 537.722,22), por concepto de interés convencionales, calculados a una tasa del catorce por ciento (14%) y los que se sigan causando hasta que se efectúe el pago definitivo; TERCERO: CINCUENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS DIE.....