Este Tribunal Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECRETA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre el inmueble describe a continuación: "...Un apartamento destinado a vivienda señalado con el Numero PB-1, ubicado en la Planta Baja, del Edificio Torre Norte, Edificio este que forma parte del Conjunto Residencial GREEN 9, construido sobre la parcela NRO. 4, ubicada en la calle Golf, en sector Golf A, Fase 1 de la Urbanización Bosques de la Lagunita, Municipio El Hatillo del Estado Miranda, signado con la ficha catastral Nro. 47846A y Nro. De catastro 19-10 y tiene una superficie aproximada de noventa y tres metros cuadrados con sesenta y cinco decímetros cuadrados aproximadamente (93.65m2), consta de las siguientes dependencias: Habitación Principal con baño y área para vesti.....