Este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por la autoridad de la ley resuelve: PRIMERO: DECRETAR MEDIDA DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre el bien inmueble propiedad de los intimados el cual se encuentra integrado originalmente por una parcela de terreno y la casa-quinta construida sobre la misma, distinguida con el número 165, ubicada en la Zona "A" del Parcelamiento Sorokaima, de la Urbanización La Trinidad, en Jurisdicción del Municipio Baruta del Estado Miranda, según Plano de dicha Zona "A", que se encuentra agregado al Cuaderno de Comprobantes de la Oficina Subalterna de Registro del Distrito Sucre del Estado Miranda, bajo el 340, del Cuarto Trimestre de 1964. Inmueble que cuenta con una superficie de Trescientos Noventa y Seis Metros Cuadrados (396 M2) y se encuentra comprendido dentro de los siguientes linde.....