Este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley declara INADMISIBLE LA PRESENTE DEMANDA que por RESOLUCION DE CONTRATO incoara el ciudadano HECTOR JOSE VASQUEZ HERNANDEZ contra la sociedad mercantil chilena INVERSIONES SOCOMICH LIMITADA, representada por el ciudadano PATRICIO TOLEDO ACEVEDO.
Dada la naturaleza de esta decisión, no hay condenatoria en costas