Este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley declara SIN LUGAR la apelación ejercida por la parte demandada contra el auto de fecha 27 de mayo de 2015, dictado por el Juzgado 24° de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Se confirma la providencia apelada.
Se condena en costas a la parte apelante por haber resultado totalmente vencida en la incidencia.