En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando dentro de los limites de su competencia y de conformidad con las atribuciones conferidas por la Constitución Bolivariana de Venezuela y las Leyes, considera LA IMPROCEDENCIA, del requerimiento formulado por el Juzgado Décimo Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas de fecha 09 de enero de 2012, en la causa signada bajo el número: S-993-11, que fuese comunicada a este órgano jurisdiccional por medio de oficio de esa misma fecha signado bajo el número: 003-12, y ratificado mediante oficio N° 770-12 de fecha 20 de agosto de 2012, por no estar ajustado el mismo al ámbito de su competencia. En consecuencia, se ordena participar mediante oficio al Juzgado Décimo Quinto de Primera Instancia en Funciones de Contr.....