este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor de derecho, declara como UNICOS HEREDEROS UNIVERSALES del ciudadano PABLO GERMAN BELLO SILVA, quien en vida fuera venezolana, titular de la cédula de identidad No. V-1.728.394, a su esposa ROMELIA MERCEDES MATA viuda DE BELLO, venezolana mayor de edad de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 3.346.322, y a sus (5) hijos legítimos, ciudadanos LISBELIA COROMOTO BELLO DE TORRES, ZORAIDA JOSEFINA BELLO MATA, YESENIA YACKELINE BELLO MATA, CARLOS GERMAN BELLO MATA y ALEXANDER JOSE BELLO MATA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de identidad Nros. V- 6.662.755, V-11.601.871, V-14.412.983, V-6.662.739, y V-11.601.872, respectivamente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil.