DISPOSITIVA
Sobre la base de los fundamentos de hecho y de derecho que se dejan expuestos, este Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, declara:
Primero: Sin Lugar la Oposición a la Medida de Secuestro decretada por ente Juzgado en fecha 12de marzo de 2013, sobre el local ocupado por FARMACIA RG, C.A., y donde funciona el Fondo de Comercio FARMACIA SAAS, como franquicia, constituido por Local Comercial ubicado en la Planta Baja de la Quinta denominada Santa Mónica, Ubicada en la ciudad de Caracas, Parroquia San Pedro antigua Parroquia Santa Rosalía, Urbanización Santa Mónica, Municipio Libertador del Distrito Capital.
Segundo: Improcedente la solicitud de constitución de caución o fianza realizada por la representación judicial de FARMACIA RG, C.A., para suspe.....