CON RESPECTO A LAS PRUEBAS DE LA PARTE
ACTORA:
Primero: Con relación a la prueba Documental contenida en el Capitulo I particular 2 del escrito de promoción de pruebas de fecha 20 de junio de 2013, por los ciudadanos ORLANDO ANGULO SANCHEZ, JOSE JESUS JIMENEZ LOYO y CRIZEIDA SALAZAR VELASQUEZ, venezolanos, mayores de edad, abogados en ejercicio e inscritos en el inpreabogado bajo los Nos. 16.059, 66.350 y 60.283, quienes actúan con el carácter de apoderados judiciales de la parte demandante, este Tribunal las ADMITE salvo su apreciación en la sentencia definitiva que recaiga en la presente causa, de conformidad con lo establecido en el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil.-
CON RESPECTO A LAS PRUEBAS DE LA PARTE
DEMANDADA:
Primero: Con relación a las pruebas Documentales contenidas en el Capitulo II particulares 2.1, 2.2, 2.3 y 2.4 del escrito de promoción de pruebas de fecha 25 de junio de 2013, por los ciudadanos AZAEL SOCORRO MORALES y JOSE MIGUEL AZOCAR ROJAS, ve.....