D I S P O S I T I V A
Por las razones y consideraciones que anteceden, este Juzgado Undécimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la presente acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano GUETON OLEG RODRÍGUEZ DE LA SIERRA T, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, casado y titular de la cédula de identidad Nro. V-3.660.248 contra FACUNDA VELASQUEZ VELASQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-1.320.218, residenciada en la Avenida Alfredo Jhan, Residencias El Parque, piso 3, apto. 34, Urbanización Los Palos Grandes, Municipio Chacao del Estado Miranda, Distrito Capital.
SEGUNDO: En tal sentido se ordena a los integrantes de la Asociación Civil Residencias El Parque, permitir el libre desplazamiento por las áreas comunes d.....