III
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de Divorcio con fundamento en la causal contenida en el ordinal 2º de del articulo 185 del Código Civil, incoada por HECTOR FRANCISCO TOVAR PEÑA, venezolano, mayor de edad, domiciliado en el Barrio Bruzual, casa N° 43, Parroquia El Valle, Distrito Capital, titular de la cédula de identidad número V-6.969.541; en contra de su cónyuge, YELLICK ANGEL OJEDA GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V-9.486.542.
SEGUNDO: En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial, que unía a los ciudadanos HECTOR FRANCISCO TOVAR PEÑA y YELLICK ANGEL OJEDA GONZALEZ, el cual co.....