Se dictó resolución mediante la cual se Repuso la causa al estado que se encontraba para la fecha 29 de octubre de 2015, es decir, para el día que la co-demandada, ciudadana NINA ROSA FERNÁNDEZ ROSALES, debidamente asistida de abogado, consignó original de cheque de gerencia No. 36918214, por la cantidad de Seiscientos Sesenta y Dos Mil Seiscientos Cuarenta y Siete Bolívares Fuertes con Dieciséis Céntimos (Bs. F. 662.647,16), a nombre de éste Tribunal, a los fines de dar cumplimiento voluntario a lo ordenado en la decisión del 18 de julio de 2013. Asimismo, se declaró LA NULIDAD de las actuaciones realizadas desde el 30 de octubre de 2015, hasta el día 30 de junio de 2016, las cuales rielan desde el folio trescientos cincuenta y tres (353) hasta el folio cuatrocientos dos (402), ambos folios inclusive.