DECLARA TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, a favor de los ciudadanos CARMEN D. PAZ viuda de SANTAELLA, LUIS E. SANTAELLA PAZ, ANGEL M. SANTAELLA PAZ, ELEAZAR SANTAELLA PAZ, JULIO C. SANTAELLA PAZ y GIOVANNI SANTAELLA PAZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la cédula de identidad Nros. V- 2.212.438, V- 3.475.176, V- 4.245.384, V-3.886.301, V- 4.848.706 y V- 6.435.817, respectivamente.