Por lo que en aplicación de lo antes explanado, en el caso sub examine, observa este Juzgador que la representación judicial de la codemandada JEANNETTE ESTRELLA HOIRES FRIEDER, al ofrecer los medios probatorios a cuya admisión se opone la parte actora, señala que las mismas están destinadas a demostrar el estado, naturaleza y diagnóstico de la enfermedad que padece su representada, así como las intervenciones quirúrgicas a las cuales fue sometida su patrocinada, hechos que ciertamente como lo indica la parte actora, discrepan de los hechos controvertidos en el presente juicio iniciado con motivo de una Acción de Cobro de Bolívares. Razón por la cual quien aquí decide DECLARA PROCEDENTE la oposición planteada en fecha 20 de noviembre de 2012, por la parte actora, en consecuencia, se DESECHAN las pruebas promovidas en los Capítulos Primero, Segundo y Tercero del escrito de fecha 16 de mayo de 2012, presentado por la representación judicial de la co-demandada JEANNETTE ESTRELLA HOIRES F.....