En tal sentido, se le concede a la Sociedad Mercantil IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA PREMIER INTERNATIONAL C.A, representada por el ciudadano DANIEL RIGO DOZACAR, titular de la cédula de identidad V-16.882.523, un lapso de cinco (05) días de Despacho, a los fines de consignar ante el Tribunal cheque de Gerencia a favor de la hoy fallida QUIEBRA GRUPO SEGUROS PREMIER C.A.
Que en caso de no comparecer en el lapso de tiempo antes mencionado la ofertante Sociedad Mercantil IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA PREMIER INTERNATIONAL C.A, representada por el ciudadano DANIEL RIGO DOZACAR, titular de la cédula de identidad V-16.882.523, será autorizada la venta al segundo ofertante ciudadano ALDO LUIS PIRELA RODRIGUEZ, a quien de igual manera se le concede un lapso de cinco (05) días de Despacho, a los fines de consignar ante el Tribunal cheque de Gerencia a favor de la hoy fallida QUIEBRA GRUPO SEGUROS PREMIER C.A.
Que una vez consignado el correspondiente cheque de Gerencia por el monto más alto .....