éste JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 257 de la Constitución Bolivariana de la República Venezuela y los Artículos 12, 242, 243 y 263, del Código de Procedimiento Civil, declara:
PRIMERO: SE HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO JUDICIAL suscrito por las partes inmersas en el proceso, mediante escrito presentado en fecha 25 de enero de 2016, en los mismos términos en ella expresados, en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES (VÍA INTIMATORIA) incoara LUIS OMAR SANCHEZ RAMIREZ contra ROGELIO MARTIN ADARO, partes ampliamente identificadas en autos, ello de conformidad con lo establecido en los artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil y se ordena expedir por secretaria las copias certificadas solicitadas, conforme a lo dispuesto en el artíc.....