éste JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 257 de la Constitución Bolivariana de la República Venezuela y los Artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil, declara: PRIMERO: ADMISIBLE la acción de amparo constitucional, incoada por el ciudadano DIEGO MANUEL ERNESTO DEL BARCO, de nacionalidad argentina, de este domicilio y titular del pasaporte Nº AAB787178. contra la JUNTA DIRECTIVA DE LA ASOCIACION CIVIL CLUB HIPICO CARACAS, S.C., inscrita por ante la Oficina Subalterna de Registro del Segundo Circuito del Municipio Libertador del Distrito Federal, el 08 de febrero de 2000, bajo el número 19, Tomo 6, Protocolo Primero.. SEGUNDO: SE ORDENA notificar a la JUNTA DIRECTIVA DE LA ASOCIACION CIVIL CLUB HIPICO CARACAS, S.C., en la pers.....