éste JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 257 de la Constitución Bolivariana de la República Venezuela y los Artículos 12, 242, 243 , del Código de Procedimiento Civil, decide:
PRIMERO: Se suspende la medida cautelar innominada decretada en fecha 08 de julio de 2015, la cual ordenó: a los presuntos agraviantes en la presente acción, que se abstuvieran de ejecutar acciones que obstaculizaran, perturbaran o impidieran el ejercicio libre de la actividad de la parte accionante en las instalaciones de la ACADEMIA GIRLS MODELS VENEZUELA, C.A., ubicadas locales comerciales MZZ-1, MZZ-2, MZZ-9, MZZ-24, MZZ-25, MZZ-26, MZZ-27, MZZ-28, MZZ-29, MZZ-30, MZZ-31; en el Nivel Mezzanina del Centro Comercial Sabana Grande, ubicados en la Avenida Abrahán Lin.....