este Juzgado administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, sigue la ciudadana LOLIMAR MARGARITA BRACHO SALAZAR, mayor de edad, venezolana, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-12.957.444, contra el ciudadano ALBERTO JOSE BETANCOURT, mayor de edad, venezolano, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-8.214.685, declara:
PRIMERO: SE DECRETA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre el inmueble que seguidamente se detalla:
"Un apartamento distinguido con el Nº PB-02A, ubicado en la planta baja a nivel de la calle del edificio SANTO DOMINGO, situado en la Avenida Norte Tercera, Parroquia El Recreo, Jurisdicción del Municipio Libertador del Distrito Capital, número de Catastro 01-01-09-U01-013-004-048-000-0PB-02A, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones constan suficientemente en el Documento de Condominio protocolizado an.....