Por todas las consideraciones que han quedado expuestas, este Juzgado Duodecimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en la demanda que por Cobro de Bolívares incoara EDGAR N. BECERRA TORRES, Abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 82.188 en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JULIO CERVANTES FISCHER, de nacionalidad Colombiana, mayor de edad, domiciliado en la ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira y portador de la Cédula de Identidad Nº E-81.338.245 en contra de la ciudadana VERONICA ROSALBA GUERRA GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 10.471.332.
Asimismo, no hay condenatoria en costas de conformidad con l.....