este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos existente entre los ciudadanos ORLANDO JOSE CRESPO PIÑA y FRANCIS ADRIANA BLANCOFOMBONA CAMEJO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nos. V- 13.151.957 y 13.288.146, respectivamente, y consecuencialmente disuelto el vinculo matrimonial contraído por ellos en fecha tres (03) de diciembre de 2004, ante la Primera Autoridad del Registro Civil del Municipio El Hatillo del Estado Miranda, según consta en acta Nº 222. Líbrense los oficios a las autoridades correspondientes.-