este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO presentado por el demandante, ciudadano CHRISTIAN CARDONA HUBEL, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad Nº V-10.281.553, en los mismos términos y condiciones manifestados.
SEGUNDO: se ordena el levantamiento de las medidas decretada en el presente juicio, en fecha 20 de Septiembre de 2005.
TERCERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 282 del Código Adjetivo, se condena en costas a la parte demandante.-