PRIMERO; en lo referente a la congelación del cincuenta por ciento (50%) de los haberes del certificado de plazo fijo Nº 017600503938, del Banco Canarias, se observa que en fecha 11 de Agosto de 2011, se ordeno oficiar al Fondo de Garantías de Depósitos y Protección Bancaria (FOGADE)., para que informe a este Despacho si el Certificado de Plazo Fijo señalado, pertenece al ciudadano ANDRES ELOY GUGLIETTA ALVAREZ, titular de la cedula de identidad Nº V-4.285.050, todo ello a los fines de emitir el correspondiente pronunciamiento, librándose en esa misma fecha el referido oficio y siendo firmado y sellado por el Organismo pertinente en fecha 22 de Septiembre de 2011. Ahora bien, visto que no consta en autos la información requerida por este Órgano Jurisdiccional, se hace forzoso para quien suscribe abstenerse de emitir pronunciamiento sobre la procedencia de la medida solicitada, hasta tanto conste en el expediente las resultas de lo requerido por el Tribunal en el auto antes mencionado.
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