De las pruebas promovidas por la ciudadana MERY VICTORIA GONZÁLEZ DE CÉSAR asistida por la abogada AURA AMUNDARAIN, PARTE ACTORA:
Con relación a las pruebas presentadas por la parte actora, en sus Capítulos I y II (de las Documentales), se ADMITEN cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales o impertinentes, dejando a salvo la apreciación que de ella se haga en la definitiva.-
Con relación a lo solicitado en el capítulo III (Testimoniales), este Tribunal, acuerda comisionar amplia y suficientemente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los Juzgados de Municipio de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas.Con relación a lo solicitado en el capítulo IV (Pruebas de Informe), se ADMITEN cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales o impertinentes, dejando a salvo la apreciación que de ella se haga en la definitiva.Con relación a lo solicitado en el capítulo V (Prueba de cotejo), formulada, el Tribunal por cua.....