este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES (vía INTIMATORIA), incoara BANCO ACTIVO C.A, BANCO UNIVERSAL., contra OMAR JOSE ZOGHBI HERRERA, CONSTRUCCIONES LIBERTADOR C.A y CARMEN CARBONERE DE ZOGHBI, antes identificados, declara lo siguiente:
PRIMERO: SE DECRETA MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO, sobre bienes muebles propiedad de la parte intimada hasta cubrir la cantidad de: SEISCIENTOS DOS MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y SEIS BOLÍVARES CON TREINTA Y CINCO CÉNTIMOS (Bs.602.866,35), suma esta que comprende el doble de la cantidad demandada, más las costas procesales calculadas prudencialmente por este Tribunal en un veinte por ciento (20%) las cuales ascienden a la cantidad de CINCUENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS SEIS BOLIVARES CON TR.....