este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara:
Primero: INADMISIBLE , la acción de amparo constitucional, propuesta por la ciudadana MARIA ALEXANDRA MORALES TARANTO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nro 16.264.432 asistida por el DR : EDGAR COLEMAN V, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 44.426, contra los ciudadanos BERNARDO ARENAS ORAMAS, MARCELLA CINQUEMANA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cedulas de identidad Nro 9.681.930 y 7.252.467 respectivamente, representados por la Dra CARMEN XIOMARA LOBO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 64.345.
Segundo: No ha lugar a la declaración de temeridad de la acción propuesta, solicitada por la presunta agraviante, por considerar que el accionante no adujo ar.....