Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se declara COMPETENTE para conocer del presente juicio que por DAÑO MORAL, incoare el ciudadano REINALDO JOSÉ MORENO GONZÁLEZ, contra la ciudadana DAXI YESSENIA HERNÁNDEZ, ambas partes ut supra identificadas. Así se decide.