éste JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 257 de la Constitución Bolivariana de la República Venezuela y los Artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil, declara:
PRIMERO: SE ADMITE la acción de Amparo Constitucional presentada por la sociedad mercantil ACADEMIA GIRLS MODELS VENEZUELA, C.A., a través de su apoderado judicial, abogado RAMÓN SEGUNDO RUIZ MONTERO, parte presuntamente agraviada, contra la sociedad mercantil INMOBILIARIA YEREBAN, S.A., y la JUNTA DE CONDOMINIO DEL CENTRO COMERCIAL SABANA GRANDE, partes plenamente identificadas en el encabezado del presente fallo, por no ser esta contraria a derecho, salvo su apreciación en la definitiva.-
SEGUNDO: SE ORDENA notificar a la sociedad mercantil INMOBILIARIA YEREBAN,.....