este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Transito del Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela:
Primero: Con Lugar, la demanda interpuesta por cobro de bolívares por los ciudadanos EDGAR HECHEFE ABIAD y PIERR HECHEFE ABIAD, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de la cédula de identidad Nº 12.918.745 y 11.936.271, contra el ciudadano FILIP DOUMAT ANTONI, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 4.427.846.
Segundo: Se condena a la parte demandada a pagar a la parte actora las siguientes cantidades: Doce Mil Ciento Setenta y Dos Bolívares Fuertes (Bs. 8.172,00), por concepto de capital adeudado, Un Mil Seiscientos Trece Bolívares Fuerte con Cuarenta y Nueve Céntimos (Bs.F. 1.613,49); por concepto de intereses de mora, que se sigan venciendo desde estas hasta la firmeza del presente fallo, y Tres Mil S.....