este Tribunal a pronunciarse respecto a la admisión o no de las pruebas promovidas por la parte demandada:
CAPITULO UNICO
Prueba documental:
En relación al Capitulo Único del escrito de promoción de pruebas de la parte demandada, mediante el cual promueve documentales, el Tribunal las admite salvo su apreciación o no en la sentencia definitiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil, en virtud de que las mismas no son manifiestamente ilegales o impertinentes.
Asimismo, este Tribunal pasa a pronunciarse respecto a las pruebas promovidas por la parte demandante:
CAPITULO I
Prueba documental:
En relación al particular primero del escrito de promoción de pruebas de la parte demandante, mediante el cual promueve documentales, el Tribunal las admite salvo su apreciación o no en la sentencia definitiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil, en virtud de que las mismas no son manifiestamente .....