Dispositiva
En fuerza de todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara:
1) SIN LUGAR, la apelación propuesta por la parte demandada-reconvenida, contra la sentencia dictada en fecha treinta de septiembre de 2009, por el Juzgado Vigesimo Cuarto de Municipio de esta Circunscripción Judicial.
2) SIN LUGAR la demanda de DESALOJO propuesta por el ciudadano Jose Carrasquel contra Trina Luna.
3) Se condena a la parte apelante al pago de las costas por haber resultado totalmente vencida, en conformidad con lo previsto en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil,
4) Se confirma el fallo apelado, con las solas modificaciones contenidas en esta decisión.