este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SE IMPARTE LA HOMOLOGACION A LA TRANSACCION suscrita por las partes CONSTRUCTORA VIMAR, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia el día 27 de agosto de 1997, Bajo el Nº 11, Tomo 23-A, domiciliada en la ciudad de Maracaibo, Estado Zulia, reformada su acta constitutiva y estatutos sociales en Asambleas Extraordinarias de Accionistas celebradas los días 28 de mayo de 1999 y 07 de julio de 2004, cuyas actas fueron inscritas ante la citada oficina de Registro Mercantil en fecha 23 de julio de 1999, bajo el Nº 46, Tomo 28-A y 21 de julio de 2004, bajo el Nº 02, Tomo 47-A. y PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil TERRAZAS DE HUMBOLDT, C.A., de este domicilio e inscrita en el R.....