Conoce este órgano jurisdiccional del escrito de PARTICION AMISTOSA y sus recaudos suscritos por los ciudadanos GUILLERMO ANTONIO LEGUIZAMO RAMIREZ, y KARIMAR SAGRADA BASALO HIDALDO, supra identificados, en fecha 29 de septiembre de 2008 y visto que las partes acordaron por la vía del CONVENIMIENTO en todas y cada una de las partes la presente PARTICION, y por cuanto la misma no es contraria al orden público, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN en los términos contenidos en ella.