éste JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 257 de la Constitución Bolivariana de la República Venezuela y los Artículos 12, 242 y 243, del Código de Procedimiento Civil, declara: PRIMERO: LA CONFESIÓN FICTA de la ciudadana DIANA CAROLINA CRUZ suficientemente identificada en autos. SEGUNDO: CON LUGAR la acción de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO intentada por los ciudadanos MARIA DE LOS ANGELES CORONA MEJIAS y RAFAEL RODRIGUEZ GARCIA, contra la ciudadana DIANA CAROLINA CRUZ. En consecuencia se condena a la parte accionada a cumplir con su obligación legal de otorgar el documento de venta del inmueble constituido por unas bienhechurías, ubicadas, en el sector El peñón Km. 15, calle el mirador parcela 85, jurisdicción del Municipio Bolivariano de Libert.....