este Juzgado administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda principal de cumplimiento de contrato y cobro de bolívares interpuesta por el ciudadano KA LEUNG CHAU, de nacionalidad Británica, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No E-82.153.971. contra SEGUROS ALTAMIRA C.A., inscrita en la oficina de Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 02 de noviembre de 1992, bajo el No 80, tomo 43-A.
Así mismo, se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda subsidiaria interpuesta por el ciudadano KA LEUNG CHAU, de nacionalidad Británica, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No E-82.153.971 contra SEGUROS ALTAMIRA C.A., inscrita en la oficina de Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 02 de noviembre de 1992, bajo el No 80, to.....