este Juzgado, procede a aclarar el fallo dictado en fecha 29 de Abril de 2010, en los términos siguientes: En el tercer y cuarto párrafo de la narrativa de la sentencia en cuestión, donde Se Lee: "En fecha 25 de Marzo de 2010, se dicto auto de abocamiento a la presente causa en el estado en que se encuentra, así como también, se ordeno la notificación de la ciudadana CECILIA ALFONZO PETERSEN, titular de la cedula de identidad Nº V- 4.350.984. En esta misma fecha se libro Boleta de Notificación. En fecha 07 de Abril del presente año se libro la boleta de notificación CECILIA ALFONZO PETERSEN, titular de la cedula de identidad Nº V- 4.350.984." siendo que debe Leerse: "En fecha 25 de Marzo de 2010, se dicto auto de abocamiento a la presente causa en el estado en que se encuentra, así como también, se ordeno la notificación de la ciudadana CECILIA ALFONZO PETERSEN, titular de la cedula de identidad Nº V- 4.350.981. En esta misma fecha se libro Boleta de Notificación. En fecha 07 de Abril.....