este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 257 de nuestra Carta Magna y los artículos 12, 242 y 243, del Código de Procedimiento Civil, declara: PRIMERO: CON LUGAR la Cuestión Previa opuesta por la parte demandada contenida en el ordinal 3º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil. SEGUNDO: CON LUGAR la Cuestión Previa opuesta por la parte demandada contenida en el ordinal 5º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil. TERCERO: CON LUGAR la Cuestión Previa opuesta por la parte demandada contenida en el ordinal 6º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil. CUARTO: De conformidad con la norma contenida en el artículo 354 del Código de Procedimiento Civil se suspende el proceso hasta que la parte acciona.....