este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES sigue la Sociedad Mercantil BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA, C.A, contra la Asociación Corporativa TRIELFI R.L., y a los ciudadanos VALDEMAR ABIGAIL CARABALLO, JOSE LUIS HERRERA AZUAJE, FRAKLIN ANTONIO RODRIGUEZ BLANCO y ZORAYDA COROMOTO RODRIGUEZ DE RODRIGUEZ, plenamente identificados, y decide:
PRIMERO: SE DECRETA MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO, sobre bienes muebles propiedad de la parte demandada hasta cubrir la cantidad de CINCO MILLONES TRESCIENTOS MIL NOVENCIENTOS TREINTA Y SIETE BOLIVARES CON SESENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. 5.300.937,67), suma ésta que comprende el doble de la cantidad demandada, más las costas procesales calculadas prudencialmente por este Juzgado en un VEINTE PO.....