este Juzgado DECRETA MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA, la cual consiste en la prohibición expresa que tiene la parte presuntamente agraviante de mover, trasladar, disponer o apropiarse de cualquier manera de todas y cada una de las pertenencias y bienes muebles propiedad de Maria Alexandra Morales y sus menores hijos que se hallan en el interior del inmueble arrendado, a saber: 1) todo el mobiliario, juego de recibo, comedor, televisores, enseres de cocina, camas del dormitorio principal y dormitorios auxiliares. 2) Ropa y artículos personales de Maria Alexandra Morales. 3) Cama y mobiliarios del menor Edgar Alejandro, juguetes, ropa y alimentos. 4) Cuna y mobiliario del menor Henry Alejandro, ropa, juguetes, coches, esterilizador, teteros y alimentos. Y así decide.-
A los fines de practicar la medida aquí decretada, se ordena librar boleta de notificación a la parte presuntamente agraviante