este órgano jurisdiccional administrando Justicia el Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA PRESENTE INSTANCIA, en el juicio que por Acción Mero Declarativa de Concubinato incoada por la ciudadana Mayrin Danis Contreras, contra el ciudadano Yohan Gabriel Díaz Bastidas.-
Igualmente se acuerda la devolución de los originales que cursan a los folios 20 al 22, a saber: constancia de trabajo, marcada "C" y constancia de concubinato, marcado "A", previa su certificación en autos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 del Código Adjetivo, desglósense, certifíquense, y hágase entrega de los mismos a la parte interesada, mediante diligencia.
Asimismo, dada la naturaleza del fallo, no hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.-