este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en la demanda que por RENDICIÓN DE CUENTA incoara KATIUSKA JHOANA PEÑA RAGA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad número V-15.315.115, en su condición de accionista de las Sociedades Mercantiles LICORERIA SINNTES LIGH, C.A. y RESTAURANT POLLERA TRANVIA DEL VALLE, C.A., correctamente inscritas ambas en el Registro Mercantil VII, de la circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, registradas en fecha 11 de octubre de 2005, anotado bajo el número 05, tomo 558-A-VII, y en fecha 13 de octubre del año 2005, anotado bajo el número 64, tomo 557-A-VII, contra el ciudadano RAUL JOS.....