Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente decisión:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA alegada por el demandado;
SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la demanda de Cumplimiento de Contrato de Arrendamiento, fundamentada en el artículo 39 del Decreto Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, y que interpuso la ciudadana NÉLIDA COLMENARES DE PEÑA en contra del ciudadano GONZALO ENRIQUE VILLANUEVA. En consecuencia, se ordena la entrega material, real y efectiva, libre de bienes y personas, a la parte actora, del inmueble arrendado, alusivo a un Apartamento distinguido con el número ciento uno (101), ubicado en el décimo (10º) piso del edificio denominado "Residencias Chamas", situado en la Urbanización Palo Verde, Municipio Sucre del Estado Mir.....