III
DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Municipio Ejecutor de Medidas e Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por DIVORCIO, ordinal segundo (2º) y ordinal tercero (3°) del artículo 185 del Código Civil, intentara la ciudadana AMALIA ISABEL VILCHEZ RODRIGUEZ contra el ciudadano WILLIAN ANTONIO LUGO DÍAZ.
SEGUNDO: Queda disuelto el vínculo matrimonial que contrajo la ciudadana AMALIA ISABEL VILCHEZ RODRIGUEZ con el ciudadano WILLIAN ANTONIO LUGO DIAZ, en fecha dieciséis (16) de Octubre del año mil novecientos ochenta y dos (1982), ante la Prefectura del Municipio Baruta del Estado Miranda.
TERCERO: Dada la especial naturaleza de la acción deducida, cuyo carácter no patrimonial es indudable, no hay.....