Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo de Municipio Ejecutor de Medidas e Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: EL DECAIMIENTO Y EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN POR PÉRDIDA DEL INTERÉS PROCESAL de la parte actora en el juicio por COBRO DE BOLIVARES que sigue COMPLEJO INDUSTRIAL DEL VIDRIO en contra de sociedad mercantil GILCRIS I C.A., y el ciudadano GILBERTO LOZADA FALLACE, en su carácter de avalista de la referida empresa, todos ampliamente identificados ad initio del presente fallo.
SEGUNDO: Por la naturaleza de la presente decisión, no hay condenatoria en costas.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE,
Déjese copia certificada de esta decisión en el libro copiador correspondiente, según prevé el artículo 248 del Código de Procedimiento Civi.....