Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ejecutor de Medidas e Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por COBRO DE BOLÍVARES incoada por el "CONJUNTO RESIDENCIAL ELADIA Y ELVIRA", en contra de la Sociedad Mercantil MULTI-ALIMENTOS MULTIALCA, C.A., por lo que dicha parte demandada deberá pagar las cuotas señaladas conforme a la experticia que corre inserta desde los folios doscientos cuarenta (240) al doscientos cincuenta y siete (257) de las actas que conforman el presente expediente, siendo por un total de DIEZ MILLONES CIENTO OCHENTA MIL DOSCIENTOS SETENTA BOLÍVARES CON CINCUENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs. 10.180.270,55), monto que en virtud de la conversión monetaria corresponde ahora a la canti.....