IV
DISPOSITIVA
En mérito a todos los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ejecutor de Medidas e Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte solicitante contra el auto de fecha trece (13) de Junio de dos mil siete (2007), dictado por el Juzgado Undécimo de Municipio de esta Circunscripción Judicial, por medio de la cual NEGÓ, la solicitud de INSPECCIÓN JUDICIAL y NOTIFICACIÓN JUDICIAL, específicamente en los particulares SEGUNDO, CUARTO y QUINTO del escrito de solicitud.
SEGUNDO: Se declara INADMISIBLE la solicitud de INSPECCIÓN JUDICIAL y NOTIFICACIÓN JUDICIAL, presentada por la representación judicial de la parte solicitante.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y REGÍST.....