III
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ejecutor de Medidas e Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la querella interdictal restitutoria interpuesta por la ciudadana ITA NIZZERO DE BETTIN contra YERITH ZUNIAGA MIJARES, por lo que se condena a la parte demandada a la restitución del inmueble distinguido por un apartamento con el Número 23, ubicado en el Edificio Orinoco, situado en la Avenida Francisco de Miranda, Chacao, Municipio Chacao del Estado Miranda, a la ciudadana ITA NIZZERO BETTIN.
SEGUNDO: De conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento, se condena en costas a la parte querellada.
PUBLIQUESE, NOTIFIQUESE Y REGISTRESE.
Déjese copia certificada de esta dec.....